www. expansion.com . Publicado el 18-06-2009 , por J.M. López Agúndez. Madrid.
El Ministerio de Justicia ha puesto fecha para la reforma concursal que anunció de forma sorpresiva el ministro hace casi dos meses después de aprobarse el RDL 3/2009 y que ha introducido ya algunos cambios legales.
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Según anunció hoy Santiago Hurtado, secretario general técnico del Ministerio de Justicia, el texto que elabore el departamento para introducir nuevos cambios en la Ley Concursal llegará al Parlamento en 2010.
Durante la jornada sobre la Reforma de la Ley Concursal, organizada por Unidad Editorial Conferencias y Formación, celebrada hoy en Madrid, Hurtado adelantó las líneas maestras de lo que supondrá esta futura reforma.
Según explicó, “no habrá una ley que modifique el esquema general de la Ley Concursal, sino que se abordarán varias cuestiones y no a través de un real decreto ley”. La futura modificación será un paso más del que se ha dado con el RDL 3/2009: “Somos conscientes de que la reciente reforma no ha resuelto todos los problemas de la Ley Concursal”. El secretario general técnico de Justicia precisó que una sección especial de la Comisión de Codificación, donde participarán expertos no necesariamente del sector jurídico, elaborará un documento que luego se presentará a las Cortes.
Hurtado señaló los temas previstos en la futura reforma –es posible que alguno se caiga–: las acciones directas, como la del subcontratista; el reconocimiento y recalificación de créditos (“una depuración más completa del artículo 87 de la ley”); el sobreendeudamiento de particulares, como el consumidor, el particular empresario o el autónomo; aspectos laborales; el procedimiento abreviado; los administradores concursales y los concursos de grupos de empresas. En lo que se refiere a la calificación de créditos, puntualizó que el objetivo será “salvar las empresas y no liquidarlas”. “Esperamos que el texto se envíe a las Cortes en 2010”, aventuró Hurtado. La reforma será a través de ley, si bien puede ser ordinaria u orgánica.
La jornada contó con la intervención de varios expertos reconocidos en Derecho Concursal. Rafael Sebastián, socio de Uría Menéndez, criticó “el excesivo formalismo” de la reforma del RDL 3/2009 pero admitió que “habrá ampliación de crédito, los bancos estarán más tranquilos”, todo ello gracias a los cambios legales introducidos para facilitar las refinanciaciones.
Antonio Moreno, economista, confió en que la fórmula del convenio anticipado “se utilice bien para no llegar al concurso”, pero advirtió de que “se puede aprovechar para que empresas sin información puedan ganar tiempo para presentar el concurso en mejores condiciones”.
Javier García Marrero, juez mercantil del Juzgado 5 de Madrid, apuntó que son compatibles el anuncio del artículo 5.3 para el convenio anticipado y los acuerdos de refinanciación. Y si se consigue salvar la insolvencia, precisó, no habrá que presentar concurso.
Julio 27, 2009 a las 6:18 pm |
Lo que indica el Magistrado D. Javier Garcia Marredo, del mercantil numero 5 de Madrid, es de absoluto sentido comun, protegiendo a la empresa en dificultades y a la vez permitiendo la consecucion de acuerdos de refinanciacion que eviten la necesidad de seguir adelante con el concurso de acreedores, salvando la insolvencia de la empresa, al garantizar la viabilidad el experto independiente, con ello al no tener la necesidad de presentar concurso se liberaran los juzgados de una parte del enorme trabajo que actaualmenet estan recibiendo, saturando los mismos.